PAÍS

Cadena perpetua para hombre que violó a su hija desde los 6 años hasta que tuvo 14

La condena fue entregada por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol por abuso sexual infantil, violación infantil y abuso sexual propio.

 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol ha dictado sentencia condenatoria contra H.E.M.C., imponiéndole la pena única de presidio perpetuo simple por su responsabilidad en los delitos de abuso sexual infantil, violación infantil y abuso sexual propio. Estos ilícitos fueron cometidos de manera reiterada entre los años 2009 y 2017, en las comunas de Purén y Cañete.

El fallo unánime, emitido por los magistrados Francisco Boero Villagrán (presidente), Etienne Fellay Bertholet y Karina Rubio Solís (redactora), además de la pena de presidio perpetuo, impuso al condenado una serie de accesorias legales y penas especiales. Entre estas, se incluye la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, la pérdida de derechos políticos durante el tiempo de su vida, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo establecido en el Código Penal.

El tribunal determinó, más allá de toda duda razonable, que desde 2009, H.E.M.C. llevó a cabo actos de naturaleza sexual en perjuicio de su hija, que tenía 6 años en ese momento. Estos actos ocurrieron en domicilios familiares, en un vehículo propiedad del condenado, así como en una habitación en Cañete. Los actos de abuso sexual continuaron a lo largo de los años, escalando hasta llegar a violación, perpetrados hasta 2017, cuando la víctima tenía 14 años de edad.

Adicionalmente, se aplicaron penas accesorias especiales, como la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos designados por la ley, la sujeción a vigilancia de la autoridad durante 10 años después del cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta para cargos o profesiones relacionadas con ámbitos educacionales o con menores de edad.

Se estableció también una medida de protección que prohíbe al condenado aproximarse a la víctima, visitar su domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo durante el tiempo de la condena.

Una vez que la sentencia quede firme, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para su registro en el registro nacional de ADN de condenados.

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