La senadora Yasna Provoste ha presentado un proyecto de ley que busca modificar la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior, con el fin de exigir a las universidades y Centros de Formación Técnica (CFT) a hacer pública información clave sobre su funcionamiento financiero y administrativo.
Esta iniciativa responde a la creciente demanda ciudadana por mayor transparencia en el uso de los recursos y en la gestión de estas instituciones, muchas de las cuales reciben financiamiento público.
“Queremos que todas nuestras universidades en Chile sean un espacio de formación, de crecimiento y no que se conviertan en un negocio sin ningún tipo de fiscalización. Lo que está en juego, finalmente, es cómo recuperamos la fe pública en el uso de los recursos públicos”, argumentó la legisladora por la región de Atacama.
Con esta iniciativa de ley, explica Provoste, se busca poner fin a esa falta de transparencia para asegurar que la información sobre el uso de los recursos, de las remuneraciones, de las contrataciones esté siempre disponible para el público, sin espacios de opacidad que favorezcan la corrupción o los conflictos de interés.
“Estamos convencidos que la transparencia no solo es una medida de control, es una necesidad para poder prevenir el financiamiento irregular de la política y proteger el interés público, así es que esperamos que tenga una rápida tramitación. Nadie puede oponerse a una iniciativa”, finalizó la congresista.
¿De qué se trata el proyecto?
La propuesta, presentada por Provoste (DC) y respaldada por sus pares, los senadores Paulina Nuñez (RN), Claudia Pascual (PC), Gustavo Sanhueza (UDI); y, Alfonso De Urresti (PS), establece la obligatoriedad de que todas las universidades, públicas y privadas, y CFT publiquen en sus sitios web información relevante, actualizada al menos una vez al mes, para garantizar una mayor rendición de cuentas y control público.
Entre los datos que deben transparentarse están:
· La nómina del personal contratado, detallando sus funciones y remuneraciones, así como las dietas que se pagan a los miembros de los cuerpos directivos. Esto tiene como objetivo evitar posibles abusos salariales y asegurar que no se paguen servicios no prestados.
· La individualización de los bienes raíces en los que opera la institución, indicando si son de propiedad de la misma o arrendados. En caso de arriendo, se deberá publicar el valor mensual, con el fin de evitar elusión de la normativa que prohíbe el lucro mediante arriendos con precios fuera del mercado.
· Los costos de matrículas y otros gastos asociados para los estudiantes, de modo que las familias tengan claridad sobre los compromisos económicos que implica estudiar en la institución.
· La estructura orgánica de la institución, para que se conozca cómo está organizada la administración y cuáles son los niveles jerárquicos.
· Las transferencias de fondos públicos que reciba la institución, detallando la fuente de financiamiento, para asegurar que los recursos fiscales sean utilizados de manera correcta y eficiente.
Por qué no incluir a las universidades y CFTs en la Ley de Transparencia
El proyecto de ley modifica la Ley de Educación Superior y no incluye a las universidades y CFTs directamente en la Ley de Transparencia, ya que estas son entidades privadas que no son objeto natural de dicha normativa.
Sin embargo, al establecer estas obligaciones dentro del marco de la Ley de Educación Superior, se asegura que las instituciones puedan ser fiscalizadas por la Superintendencia de Educación Superior. Además, el incumplimiento de estas obligaciones será considerado una infracción gravísima, lo que podría afectar la acreditación de las instituciones.