Desde este jueves 4 de junio comenzó a regir en Chile una nueva fórmula para calcular el pago mínimo de las tarjetas de crédito, medida impulsada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) con el objetivo de disminuir el sobreendeudamiento de los usuarios y acelerar el pago efectivo de sus obligaciones financieras.
La modificación surge a partir de la Ley 21.673, promulgada en 2024, que entregó a la CMF la facultad de definir los componentes obligatorios del pago mínimo mensual. La normativa busca evitar que las personas prolonguen sus deudas durante años debido a pagos insuficientes que apenas reducen el capital adeudado.
Con el nuevo sistema, el pago mínimo estará compuesto por el 100% del denominado Monto No Financiable (MNF), que incluye intereses, comisiones, impuestos, seguros y las cuotas sin interés que vencen en el período, además de al menos un 5% del Monto Financiable (MF), correspondiente principalmente al capital pendiente y a las cuotas con interés.
Según la CMF, uno de los principales cambios será la incorporación gradual de las cuotas sin interés dentro del cálculo obligatorio del pago mínimo. Esto podría traducirse en aumentos más notorios para quienes utilizan frecuentemente este tipo de financiamiento o mantienen contratos que actualmente exigen amortizaciones muy bajas.
El organismo regulador estima que una persona que solo amortiza el 1% de su deuda podría tardar hasta 15 años en pagarla completamente. En cambio, con una amortización del 5%, ese plazo se reduciría a cerca de cinco años, disminuyendo significativamente el costo total por intereses.
La implementación de la medida será progresiva para evitar impactos bruscos en el presupuesto de los usuarios. Durante los próximos tres años, las cuotas sin interés se incorporarán gradualmente al cálculo del pago mínimo, hasta alcanzar el 100% de inclusión al mes 36 de vigencia de la normativa.
La regulación también contempla excepciones para casos de dificultades económicas. En situaciones debidamente justificadas, las instituciones financieras podrán autorizar la suspensión temporal de pagos por hasta dos meses consecutivos, siempre que la deuda sea regularizada dentro de un plazo máximo de 24 meses y cumpliendo las condiciones establecidas por la CMF.
Con esta nueva fórmula, las autoridades buscan fomentar una gestión más responsable del crédito y evitar que los consumidores acumulen deudas de largo plazo producto de pagos mínimos insuficientes.
